decisión pionera
La Audiencia concede la custodia compartida a un alavés para «beneficiar» a su hijo
El padre recurrió una sentencia
anterior de un juzgado de Vitoria que daba la guarda del menor a la
madre y fijaba un «amplio» régimen de visitas para el progenitor
La figura de la custodia compartida existe desde hace casi
dos décadas en el Código Civil aunque más allá de los papeles, en los
juzgados, la mayoría de los divorcios se sellan con una sentencia
favorable a la madre. La Audiencia Provincial de Álava acaba de dar la
razón a un padre, que había recurrido un fallo anterior donde se le
otorgaba la guarda del menor a su exmujer, y concede, en una decisión
pionera, un régimen de alternancia del hijo por tratarse de la fórmula
que «va a beneficiar al niño», pues le permitirá relacionarse con ambos
progenitores «con el mismo grado de intensidad».
La expareja alcanzó un divorcio de mutuo acuerdo a
principios de 2006. Un juzgado de Vitoria acordó entonces que la
custodia del menor sería para la madre con «un amplio régimen de
visitas» para el padre aunque ambos pactaron después, de manera
extrajudicial, aumentar esos periodos. Así, por un lado, el progenitor
recogería al niño cada miércoles a la salida del colegio y le dejaría
allí de nuevo a la mañana siguiente y, por otro, compartirían los fines
de semana asignados desde el viernes al acabar las clases hasta el
lunes. Sin embargo, este hombre decidió en 2010 que quería pasar más
tiempo con su hijo y presentó una demanda donde exigía, entre otras
modificaciones, la custodia compartida. Los jueces dieron el visto bueno
a parte de su solicitud, pero no a su objetivo máximo.
En 2012 cursó de nuevo una demanda con idéntico resultado,
pues el tribunal entendió que el régimen de visitas acordado años atrás
«dista bastante de ser considerado como un sistema de custodia
unilateral y se asemeja mucho más a una modalidad de la custodia
compartida». El hombre, disconforme otra vez con la resolución judicial,
optó por apelar esta última sentencia, dictada el pasado marzo. La
Audiencia Provincial ha aceptado ahora su recurso tras constatar que
entre el padre y el menor, que tiene hoy 10 años, «existe un vínculo muy
especial» y que tanto él como su exesposa «han acreditado suficientes
aptitudes» en su relación con el niño.
Fallo pionero
Los jueces, además, han tenido en cuenta a la hora de
conceder finalmente la custodia compartida un informe psicosocial que, a
pesar de ahondar en el buen funcionamiento del régimen de visitas
establecido tras el divorcio, advertía sobre el futuro del niño por la
«difícil relación» de la expareja motivada, en especial, por ese interés
del padre por lograr la custodia compartida y la «reticencia» de la
madre al respecto. «Los progenitores deben priorizar los intereses del
menor sobre el suyo propio», concluye este documento.
Por ello, la Audiencia Provincial de Álava ha considerado
que lo ideal para el pequeño es que sus padres disfruten de su guarda
compartida. El niño pasará, así, una semana con su padre y la siguiente
con su madre. Esta sentencia es pionera pues se trata de la primera que
se emite desde que se declaró inconstitucional la obligatoriedad de un
informe favorable de la Fiscalía para conceder este sistema de
alternancia. Ahora, como indica este mismo fallo, «corresponde
exclusivamente al juez o el tribunal verificar si concurren los
requisitos legales para aplicar este régimen según sea la situación más
beneficiosa para el menor».
ESTARÁ UNA SEMANA CON CADA UNO
La Audiencia de Álava acepta la custodia compartida por el "sólido vínculo" del niño con ambos
El tribunal valora que el menor
requiere la presencia de ambos en su vida cotidiana y exige a los padres
que "sean flexibles" pese a su "difícil relación"
La Audiencia Provincial de Álava ha estimado el recurso
interpuesto por un padre divorciado que solicitaba la custodia
compartida de su hijo que a partir de ahora, y de forma alterna, pasará
una semana con cada uno de sus progenitores. El tribunal ha adoptado
esta decisión al entender que la medida beneficiará al menor de edad,
dada su "sólida vinculación" tanto con la madre como con el padre.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal
Supremo, da la razón al recurso presentado por el padre contra el fallo
de un juzgado de primera instancia de Vitoria, que desestimó su petición
de establecer un régimen de custodia compartida para el menor, que
vivía con su madre desde que la pareja se divorció. El progenitor, pese a
que la guardia y custodia había sido concedida a la madre en la
sentencia de divorcio, disponía de un régimen de visitas "muy amplio",
que le permitía estar con su hijo "prácticamente a diario", según se
recoge en la sentencia.
La Audiencia Provincial, a la hora de atender al recurso
del padre, considera que ha habido una modificación de las
circunstancias a tener en cuenta desde que la custodia se asignó a la
madre. Según indica, en este tiempo la relación entre el menor y su
padre "se ha consolidado" hasta hacerse "más fuerte", de forma que se ha
establecido "un vínculo muy especial" entre ambos gracias al tiempo que
pasan juntos.
El tribunal recuerda que el equipo psicosocial judicial de
Vitoria "pondera la sólida vinculación del menor con los dos
progenitores" y que el niño solicita la presencia de ambos "en su
cotidianeidad". Pese a reconocer la "difícil relación" entre los padres,
considera que estos "deben priorizar los intereses del menor sobre los
suyos propios y adoptar una actitud flexible a la hora de buscar
soluciones que afecten a su hijo, con objeto de actuar en el interés de
éste".
Por todo ello, la Audiencia Provincial establece el régimen
de guarda y custodia compartida, para lo que indica que la estancia del
menor con cada uno de los progenitores tendrá un carácter semanal.
La figura de la custodia compartida existe desde hace casi
dos décadas en el Código Civil aunque más allá de los papeles, en los
juzgados, la mayoría de los divorcios se sellan con una sentencia
favorable a la madre. La Audiencia Provincial de Álava acaba de dar la
razón a un padre, que había recurrido un fallo anterior donde se le
otorgaba la guarda del menor a su exmujer, y concede, en una decisión
pionera, un régimen de alternancia del hijo por tratarse de la fórmula
que «va a beneficiar al niño», pues le permitirá relacionarse con ambos
progenitores «con el mismo grado de intensidad».
La expareja alcanzó un divorcio de mutuo acuerdo a
principios de 2006. Un juzgado de Vitoria acordó entonces que la
custodia del menor sería para la madre con «un amplio régimen de
visitas» para el padre aunque ambos pactaron después, de manera
extrajudicial, aumentar esos periodos. Así, por un lado, el progenitor
recogería al niño cada miércoles a la salida del colegio y le dejaría
allí de nuevo a la mañana siguiente y, por otro, compartirían los fines
de semana asignados desde el viernes al acabar las clases hasta el
lunes. Sin embargo, este hombre decidió en 2010 que quería pasar más
tiempo con su hijo y presentó una demanda donde exigía, entre otras
modificaciones, la custodia compartida. Los jueces dieron el visto bueno
a parte de su solicitud, pero no a su objetivo máximo.
En 2012 cursó de nuevo una demanda con idéntico resultado,
pues el tribunal entendió que el régimen de visitas acordado años atrás
«dista bastante de ser considerado como un sistema de custodia
unilateral y se asemeja mucho más a una modalidad de la custodia
compartida». El hombre, disconforme otra vez con la resolución judicial,
optó por apelar esta última sentencia, dictada el pasado marzo. La
Audiencia Provincial ha aceptado ahora su recurso tras constatar que
entre el padre y el menor, que tiene hoy 10 años, «existe un vínculo muy
especial» y que tanto él como su exesposa «han acreditado suficientes
aptitudes» en su relación con el niño.
Fallo pionero
Los jueces, además, han tenido en cuenta a la hora de
conceder finalmente la custodia compartida un informe psicosocial que, a
pesar de ahondar en el buen funcionamiento del régimen de visitas
establecido tras el divorcio, advertía sobre el futuro del niño por la
«difícil relación» de la expareja motivada, en especial, por ese interés
del padre por lograr la custodia compartida y la «reticencia» de la
madre al respecto. «Los progenitores deben priorizar los intereses del
menor sobre el suyo propio», concluye este documento.
Por ello, la Audiencia Provincial de Álava ha considerado
que lo ideal para el pequeño es que sus padres disfruten de su guarda
compartida. El niño pasará, así, una semana con su padre y la siguiente
con su madre. Esta sentencia es pionera pues se trata de la primera que
se emite desde que se declaró inconstitucional la obligatoriedad de un
informe favorable de la Fiscalía para conceder este sistema de
alternancia. Ahora, como indica este mismo fallo, «corresponde
exclusivamente al juez o el tribunal verificar si concurren los
requisitos legales para aplicar este régimen según sea la situación más
beneficiosa para el menor».
ESTARÁ UNA SEMANA CON CADA UNO
La Audiencia de Álava acepta la custodia compartida por el "sólido vínculo" del niño con ambos
El tribunal valora que el menor
requiere la presencia de ambos en su vida cotidiana y exige a los padres
que "sean flexibles" pese a su "difícil relación"
La Audiencia Provincial de Álava ha estimado el recurso
interpuesto por un padre divorciado que solicitaba la custodia
compartida de su hijo que a partir de ahora, y de forma alterna, pasará
una semana con cada uno de sus progenitores. El tribunal ha adoptado
esta decisión al entender que la medida beneficiará al menor de edad,
dada su "sólida vinculación" tanto con la madre como con el padre.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal
Supremo, da la razón al recurso presentado por el padre contra el fallo
de un juzgado de primera instancia de Vitoria, que desestimó su petición
de establecer un régimen de custodia compartida para el menor, que
vivía con su madre desde que la pareja se divorció. El progenitor, pese a
que la guardia y custodia había sido concedida a la madre en la
sentencia de divorcio, disponía de un régimen de visitas "muy amplio",
que le permitía estar con su hijo "prácticamente a diario", según se
recoge en la sentencia.
La Audiencia Provincial, a la hora de atender al recurso
del padre, considera que ha habido una modificación de las
circunstancias a tener en cuenta desde que la custodia se asignó a la
madre. Según indica, en este tiempo la relación entre el menor y su
padre "se ha consolidado" hasta hacerse "más fuerte", de forma que se ha
establecido "un vínculo muy especial" entre ambos gracias al tiempo que
pasan juntos.
El tribunal recuerda que el equipo psicosocial judicial de
Vitoria "pondera la sólida vinculación del menor con los dos
progenitores" y que el niño solicita la presencia de ambos "en su
cotidianeidad". Pese a reconocer la "difícil relación" entre los padres,
considera que estos "deben priorizar los intereses del menor sobre los
suyos propios y adoptar una actitud flexible a la hora de buscar
soluciones que afecten a su hijo, con objeto de actuar en el interés de
éste".
Por todo ello, la Audiencia Provincial establece el régimen
de guarda y custodia compartida, para lo que indica que la estancia del
menor con cada uno de los progenitores tendrá un carácter semanal.
iruzkinik ez:
Argitaratu iruzkina