El decreto aprobado por el Gobierno español no da instrucciones al respecto Las dudas dan pie a que se realicen diferentes interpretaciones
marta martínez /bilbao 19.03.2020 | 00:23
La restricción de movimientos decretada por la expansión del coronavirus plantea serias dudas a padres y madres divorciados respecto al régimen de visitas
y la custodia compartida. En los últimos días, los despachos de
abogados de familia, las instancias judiciales, así como el Servicio
Vasco de Mediación Familiar han recibido numerosas consultas telefónicas
sobre cómo proceder ante la emergencia sanitaria. El decreto aprobado
el sábado por el Gobierno de Pedro Sánchez no da ninguna indicación
concreta al respecto, por lo que existen diferentes opiniones. La Junta
sectorial de jueces de Familia de Zaragoza y los jueces de Familia y
Violencia sobre la Mujer de Iruñea emitieron en las últimas horas sendos
comunicados en los que mantienen las visitas de fin de semana y el
régimen de custodia compartida para los hijos de padres divorciados
mientras duren las medidas para luchar contra el coronavirus. En ambos
casos, solo se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta
tanto en custodia compartida como individual. La Junta de jueces de
Zaragoza, asimismo, señala que para justificar los movimientos por la
vía pública bastará con mostrar a la policía la resolución judicial
correspondiente a la custodia del menor.
Ayer, en cambio, una jueza del municipio madrileño de Alcorcón dictaminó que durante la aplicación del estado de alarma "no es posible el traslado" de progenitores separados para ejercer el régimen de visitas,
ya que no está incluido este supuesto en el decreto aprobado por el
Gobierno.
Nuria Cerván, de la Asociación Vizcaina de Padres y Madres
Separados, reconoce que "no hay nada oficial", pero "el día a día nos
está demostrando que las visitas se están desarrollando con total
normalidad". La asociación ha recibido multitud de consultas telefónicas
durante los últimos días por parte de sus clientes.
"El
decreto habla de causas justificadas que pueden causar un perjuicio
irreparable si no se produce el desplazamiento. Parece que la
comunicación paternofilial, de no desarrollarse, sí sería un perjuicio
irreparable. Y ahí entraría un derecho fundamental, que es el derecho a
la familia. Jurídicamente, la cuestión está muy bien armada para que a
nadie le puedan multar o impedir el desplazamiento", explica Cerván.
En
este sentido, la Asociación de Abogados de Familia (Aeafa) considera que
el decreto del estado de alarma, tal y como está redactado, "no ampara
los incumplimientos del régimen de visitas". "Queda claro que ni la
vigencia y desarrollo de los sistemas de custodias compartidas, ni el
régimen de visitas se ven afectados por las limitaciones de circulación
en vigor, debiendo estar, en principio, a lo decretado y establecido en
todas las resoluciones judiciales, en sentencias y/o autos de medidas
provisionales para el cumplimiento del reparto de los tiempos con los/as
menores", insisten desde Aeafa.
Conflictividad
De todos, los casos en los que existe algún grado de conflictividad en
la expareja son los más complicados. "En caso de incumplimiento, ahora
no te cabe la ejecución judicial y pueden darse casos en los que un progenitor se pueda pasar dos meses sin ver a sus hijos, porque va a depender de la voluntad del custodio", reconoce Cerván.
El
Servicio Vasco de Mediación Familiar, dependiente del Departamento de
Empleo y Políticas Sociales del Gobierno vasco, también recibe consultas
telefónicas al respecto. Ante la disyuntiva, su responsable, la
mediadora Cristina Merino, considera que "lo principal es respetar el derecho a la salud". "Son situaciones complejas, pero hay que aplicar lo prioritario
y, en este caso, es garantizar que sus hijos e hijas estén en las
mejores condiciones". Asimismo, recomienda que los menores "mantengan la
relación con la otra persona a través de toda la tecnología que tenemos
a nuestro alcance, que se gestione la comunicación no desde la
rivalidad ni el enfado, sino desde el respeto y la toma de conciencia de
que es una responsabilidad de todos". "Es muy importante facilitar la relación a través de la tecnología.
Hoy en día hay muchísimas aplicaciones. Para ello es importante la
colaboración de la persona adulta que esté al cargo de los niños y
niñas; que estos tengan ciertos espacios de privacidad en la
comunicación con la otra persona, que no les estén vigilando, que puedan
ser ellos mismos...", apunta.
Además
de los casos de progenitores divorciados, existen casos en los que la
expareja no ha procedido aún a interrumpir su convivencia y, además,
tiene una relación muy tensa, una situación que con el estado de alarma
puede empeorar. Para que eso no ocurra, Merino aconseja "tratar de
evitar discusiones en presencia de los hijos, respetar espacios
individuales en esa convivencia y, al mismo tiempo, establecer unos
criterios para compartir los espacios comunes". "Es importante estructurar el día a día, no dejar todo a la improvisación y, sobre todo, ser ejemplo para nuestros hijos e hijas", añade Merino.
"En
definitiva, frenar para la reflexión y, desde la reflexión, actuar con
el mayor cariño y respeto a los niños. Que esta situación no les deje la
huella de que perdieron la comunicación con su ama o su aita", concluyó
la mediadora.
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