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2011(e)ko abenduaren 22(a), osteguna
2011(e)ko abenduaren 18(a), igandea
2011(e)ko abenduaren 5(a), astelehena
UN ESTUDIO DEL MALTRATO EN LA FAMILIA CUESTIONA LA TESIS DE LA IDEOLOGIA DE GENERO
Ahora, el Instituto de Estudios del Capital Social (INCAS) de
Entre otras cuestiones, el informe muestra que “en el maltrato a menores prevalece la condición femenina del agresor y, sobre todo, las familias monoparentales como las causantes en mayor proporción a su universo de este tipo de violencia”.
Un maltrato oculto
Además, añade el INCAS, “es fácil que esté subvalorada.

Condición femenina del agresor



2011(e)ko abenduaren 4(a), igandea
2011(e)ko azaroaren 29(a), asteartea
CONCILIACION VIDA LABORAL Y FAMILIAR
Las vascas trabajadoras dedican el doble de horas que los hombres a sus hijos
- Sólo uno de cada 7 hombres, iguala a las mujeres en dedicación.
Ésta es una de las principales conclusiones de la encuesta sobre conciliación de la vida laboral, familiar y personal elaborada en 2010 por el Instituto Vasco de Estadística (Eustat) y dada a conocer hoy en una rueda de prensa en Vitoria por el director de este centro, Francisco Javier Forcada.
La primera constatación de la encuesta es que las mujeres con trabajo remunerado, además de dedicarse a su ocupación laboral, destinan 5 horas o más al día al cuidado de sus hijos, mientras que el 52,4% de los hombres cuida a sus hijos durante 2 horas o menos. De hecho, sólo uno de cada siete -el 15,2 %- iguala a las mujeres en dedicación.
En el caso del cuidado a familiares dependientes, hasta un 61,2% de las mujeres ocupadas dedica a esta tarea 3 o más horas diarias, porcentaje que se reduce al 26,7% en el caso de los hombres.
Esta desigualdad en las cargas asumidas se refleja en que casi una cuarta parte de las mujeres se declara insatisfecha con el tiempo de que dispone para la vida personal, el ocio o la formación, frente a menos de uno de cada cinco varones.
Además, casi una cuarta parte de las mujeres está muy disconforme con colaboración que ofrece su cónyuge o pareja en hacer las tareas domésticas, mientras que la inmensa mayoría de los hombres ocupados están muy satisfechos con el trabajo de casa de su compañera.
Llama la atención, sin embargo, que el 71% de las mujeres trabajadoras está contenta con el cuidado de su descendencia, frente a un 61,6% de los varones ocupados.
Respecto al cuidado de familiares dependientes, una de cada tres personas ocupadas en Euskadi afirma tener muchas dificultades para compaginar el trabajo con esta tarea.
En el caso de los hijos, cerca del 30% de los vascos dicen que les resulta muy difícil atender a los hijos menores.
Las personas que dan empleo y los trabajadores autónomos tienen más dificultad que el resto para compaginar vida laboral y familiar, sobre todo en el caso de los autónomos, ya que cerca de un 44% asegura tener muchos problemas para atender a hijos menores.
Motivos familiares
Por territorios, en Gipuzkoa se detecta el mayor grado de dificultad, seguido de Bizkaia, y por último Álava.A la hora de tener más tiempo libre en el trabajo, una de cada cuatro personas cree que pedir una excedencia o reducción de jornada por motivos familiares perjudicaría seriamente a su trayectoria profesional, algo que afecta de una forma similar a hombres y mujeres, aunque de una forma más notable en los jóvenes.
Sin embargo, la maternidad puede crear desigualdades de promoción para una de cada cinco mujeres ocupadas, mientras que sólo un 6,4% de los varones opina que la paternidad les podría afectar.
Hay menores dificultades, por contra, para ausentarse temporalmente del trabajo para resolver asuntos particulares, algo que está al alcance del 84 por ciento de los encuestados, mientras que el 70% ve factible pedir días sin sueldo.
Sin embargo, más del 70% de los autónomos y empleadores dicen tener muchos problemas para coger un día libre.
Otro de los aspectos destacados de la encuesta es que una de cada cinco personas tiene que prolongar la jornada laboral casi todos los días y un porcentaje similar lo hace a veces.
Respecto a las preferencias laborales, se detectan diferencias por territorios, ya que en Gipuzkoa la mitad de los trabajadores prefieren tener empleo en una empresa pequeña, mientras que en Álava el 71% elegiría una compañía grande, y Bizkaia se sitúa en medio. Por sexos, se aprecia que el 72% de las mujeres prefiere trabajar en el sector público, frente al 57% de los hombres.
2011(e)ko azaroaren 28(a), astelehena
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL LEVANTA LA SUSPENSION DE LA LEY VALENCIANA DE CUSTODIA COMPARTIDA
NO SE PRONUNCIA SOBRE EL FONDO
VALENCIA, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado levantar la suspensión cautelar de la Ley de Custodia Compartida de la Comunitat Valenciana, al entender que no está acreditada la "gravedad" e "irreversibilidad" en la aplicación de algunos artículos cuestionados por el Gobierno central. El Alto Tribunal ha adoptado esta decisión hasta que se pronuncie sobre el fondo del asunto.
El Gobierno autonómico dictó esta ley de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven --conocida como Ley de Custodia Compartida-- al amparo de la competencia que el Estatuto de la Autonomía de la Comunitat Valenciana atribuye a la Generalitat para conservar, modificar y desarrollar el derecho foral civil valenciano.
Sin embargo, el Gobierno central, tras estudiarla, alegó que el texto vulneraba sus competencias sobre legislación civil, así que lo recurrió ante el Constitucional. Este órgano lo admitió y dictó la suspensión cautelar de la normativa.
Contra esta decisión, las partes personadas en la causa presentaron varias alegaciones, entre ellas la Generalitat, quien solicitó el levantamiento de la suspensión. Sin embargo, el Gobierno central se opuso al entender que con su aplicación podían producirse algunos perjuicios irreparables. Ante ello, lo primero que dice el TC es que las divergencias de carácter competencial no pueden, por ese solo hecho, llevar irremisiblemente a la suspensión de la norma autonómica, puesto que ello conduciría siempre al mantenimiento de la suspensión de las normas autonómicas impugnadas.
En sus alegaciones, el Abogado del Estado consideraba que la opción del legislador valenciano por dar prioridad al régimen de la denominada custodia compartida, aún en los casos en los que no exista acuerdo entre los progenitores, suponía colocar en primer término el interés de éstos en detrimento del superior de los menores afectados. Por ello, pedía que se mantuvieran suspendidos los artículos 5 y el 3.b.
Asimismo, esta parte reclamaba la suspensión del artículo 6, que atribuye el uso de la vivienda, siempre que fuera compatible con la conveniencia de los hijos menores, al progenitor que tuviera objetivamente mayores dificultades para el acceso a otra vivienda, con la correlativa obligación de compensar al otro. Según el Estado, esto podría ocasionar perjuicios para el interés tanto del menor como del progenitor que se halle en una peor situación económica tras la ruptura.
Según exponía el Estado, estos artículos cuestionados establecerían que, en ausencia de pacto de convivencia familiar entre los progenitores para acordar los términos de la relación con los hijos, la autoridad judicial debe decidir, entre otras cuestiones, acerca de la relativa al régimen de convivencia y/o de relaciones con los hijos menores para garantizar su contacto con ambos progenitores.
DISCREPA DEL ABOGADO DEL ESTADO
El Alto Tribunal, ante estos argumentos, estima que no es posible compartir el parecer del Abogado del Estado puesto que también serían predicables de la regulación estatal, en la medida en que la misma también permite al juez decidir la aplicación del ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos en defecto de acuerdo de los padres, cuando estime que solo de esta forma se protege adecuadamente el interés del menor.
Así, considera que no se han aportado datos que permitan inferir que la aplicación de los preceptos impugnados --que suponen el establecimiento por decisión judicial de la custodia compartida en defecto de acuerdo de los progenitores-- vaya a producir, desde el punto de vista cautelar y huyendo de toda consideración sobre el fondo del asunto, los invocados prejuicios.
Es más, el TC indica que los perjuicios a los que alude el Abogado del Estado no están debidamente concretados y "mucho menos acreditada la gravedad e irreversibilidad de los mismos", por lo que entiende que "no resulta suficiente su invocación para aconsejar el mantenimiento de la suspensión" hasta que el tribunal se pronuncie sobre el fondo.
ARTICULO DE OPINION SOBRE LA LEY DE VIOLENCIA DE GENERO

Cien mil hombres pasan al menos una noche en el calabozo cada año por denuncias de género, en muchos casos falsas
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2011(e)ko urriaren 21(a), ostirala
COMIENZA LA CUENTA ATRAS PARA UNA LEY VASCA DE CUSTODIA COMPARTIDA POR INICIATIVA POPULAR
Pasadas las elecciones los grupos parlamentarios nos convocaron a la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento Vasco el 25 de Noviembre del 2009 con el objeto de que presentaramos nuestra propuesta.
En dicha comparecencia quedó claro la oposición del PSOE e I a modificar la ley del divorcio contemplando la custodia compartida como modelo preferente,por lo que iniciamos conversaciones con todos los grupo politicos,tanto a nivel estatal a través de la Confederación,como a nivel autonómico a traves de KIDETZA y sus asociaciones Territoriales-AMAPASE,AGIPASE,ABIPASE.
A nivel estatal todos los grupos politicos se mostraron a favor,salvo CIU y PSOE,de donde se paralizaron los esfuerzos.Se continuaron en el senado donde la Confederación fue clave para que saliera aprobada la moción por mayoria absoluta,si bien no ha servido de mucho por el boicoeteo del PSOE a formar la comision acordada.
En Euskadi KIDETZA continuó las negociaciones con los grupos Parlamentarios que finalizó con la aprobación en Febrero de 2011 de la proposición no de ley en la que se instaba al Gobierno del Estado a modificar la ley de divorcio contemplando la custodia compartida como norma preferente y que contó con el apoyo de PNV,PP,ARALAR,EA y UPyD.
Esta proposición fue la culminación de otras presentadas,negociadas y aprobadas a iniciativa de KIDETZA,como fueron las de las Juntas Generales de Gipuzkoa y Alava,Ayuntamientos de Donostia,Bilbao,Gasteiz,Nanclares de Oca y otros.
KIDETZA comenzaría una segunda campaña de mociones por una ley vasca de custodia compartida que seria aprobada por municipios como LLodio,Durango y Sestao.
Campaña que paralizamos de forma acordada con algunos grupos políticos,avanzando en acuerdos para una ley vasca.
El 29 de Enero del 2011,al tener la certeza de que Euskadi tenia competencias legislativas,los delegados de KIDETZA reunidos en Vitoria,aprobaron las lineas básicas de una ley vasca de custodia compartida y mandataron a la ejecutiva a que buscara los apoyos sociales y politicos necesarios.
KIDETZA elaboró un proyecto de ley por iniciativa popular que paso a diversos colectivos sociales y politicos para su enriquecimiento,y lograr un mayor debate y consenso en torno al mismo.
El 12 de Abril de 2011 le dió registro de entrada en el Parlamento Vasco y el 19 del mismo mes la mesa por unanimidad aprobó admitirlo a trámite.
A mediados de Mayo KIDETZA compareció en la Comisión de Justicia del Parlamento Vasco para presentar dicho proyecto.
Se han celebrado unas Jornadas de Corresponsabilidad Parental tanto en Bilbo como en Vitoria para sensibililizar a la sociedad y a los profesionales a favor de la custodia compartida,así como para dar a conocer el proyecto presentado.
El 20 de Octubre la Junta Electoral Central del Pais Vasco ha aprobado por unanimidad el formato y los contenidos de las hojas de firmas para recoger las 30.000 firmas necesarias pra que el proyecto salga adelante.
HA COMENZADO PUES LA CUENTA ATRAS PARA LA LEY VASCA DE CUSTODIA COMPARTIDA.
EL FUTURO ESTA EN NUESTRAS MANOS.ES EL MOMENTO DE AUNAR ESFUERZOS POR NUESTROS HIJOS/AS,POR UNA SOCIEDAD FUTURA MAS IGUALITARIA Y POR UNA DEMOCRACIA MAS PARTICIPATIVA
NORMAS PARA UN TRATAMIENTO IGUALITARIO A AMBOS PADRES EN LOS CENTROS EDUCATIVOS
Ha enviado normas a los centros para que el progenitor que no ejerce la custodia reciba información y participe en las decisiones
MOCION APROBADA POR UNANIMIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE GASTEIZ A INSTANCIAS DE KIDETZA
2011(e)ko urriaren 6(a), osteguna
2011(e)ko uztailaren 3(a), igandea
COMUNICADO DE LA CONFEDERACION ANTE EL RECURSO DEL GOBIERNO A LA LEY VALENCIANA
1º-Su rechazo total a esta maniobra política contra la C.Valenciana,bajo el argumento de que no tiene competencias para legislar en esta materia.Otras CCAA han elaborado leyes similares e inclusive un código civil autonómico sin que el Gobierno haya recurrido las mismas.
2º-Denunciamos que el Gobierno en su enfrentamiento con el Partido de la oposición,el PP utilice a nuestros hijos/as o el interés de los ciudadanos/españoles como ha venido sucediendo en dos comunidades gobernadas por el PP(Galicia con el recurso con los medicamentos genéricos y Valencia con la ley de relacionesfamiliares.)
3º-Exigimos del Gobierno del Estado responsabilidad para solucionar los problemasde los ciudadanos/as españoles/as,retirando el recurso de Inconstitucionalidad contra la ley valenciana,desbloqueando la comisión del senado y enviando al congreso de los diputados un proyecto de ley urgente de modificación de la ley del divorcio,introduciendo la custodia compartida como modelo preferente,tal como se lo han solitado los más importantes ayuntamientos de España,un número importante de Diputaciones y los Parlamentos Autonómicos de la Rioja y Pais Vasco
En Madrid a 2 de Julio del 2011
2011(e)ko uztailaren 2(a), larunbata
2011(e)ko ekainaren 30(a), osteguna
UN NUEVO AVANCE EN EUSKADI .LA PATRIA POTESTAD COMPATIDA DEJA DE SER PAPEL MOJADO EN LA EDUCACION

Las escuelas informarán a los divorciados sobre sus hijos
El Parlamento Vasco aprobará hoy una proposición que busca corregir el "incumplimiento" de la ley
Idoia Alonso - Miércoles, 29 de Junio de 2011 - Actualizado a las 05:51h
No en vano, usualmente la persona que tiene la custodia del menor -86% las madres- es la que recibe la información del colegio, mientras que la otra parte permanece ajena. No es que no exista una normativa al respecto sino que, como denuncian las asociaciones de padres y madres divorciados, no se cumple y la circular que antes se remitía ya no se manda.
Hoy el Parlamento Vasco dará un paso para acabar con esta situación. Aunque aún está por definir la fórmula a emplear, los grupos parlamentarios instarán al Departamento de Educación a que active protocolos de actuación en los centros escolares que garanticen el derecho y la obligación de ambos progenitores a conocer la evolución escolar de sus hijos: notas, circulares informativas, reuniones con los tutores, cambios de colegio, de modelo etc. El PNV es la formación que ha propiciado el debate, mediante la presentación de una proposición no de ley en la que insta al Gabinete de Isabel Celaá a que remita al inicio del curso escolar directrices claras a todos los centros, en los casos de separación o divorcio, para que ambos progenitores reciban toda la información y que ambos progenitores sean convocados a las reuniones.
También piden que se exija la firma del padre y la madre en las matriculaciones que supongan un cambio de colegio, de modelo lingüístico, de asignaturas optativas o de actividades extraescolares. "La solicitud habrá de ser firmada por ambos progenitores, previamente a darle curso" reza la proposición jeltzale.
Según explica Justo Sáenz de Agipase (Asociación de Gipuzkoa de Padres y Madres Separados), "si bien antes se remitía una circular al principio de curso, desde hace años esta circular ha desaparecido. Por ello, en muchas ocasiones las decisiones o la información quedan al arbitrio de la dirección de cada centro". Desde su punto de vista, la proposición presentada por el PNV "es una medida positiva". No obstante, sentenció Sáenz: "Es triste. Ya que lo que se propone no es más que el cumplimiento de lo que estipula la ley. Es decir, que el Departamento de Educación debe informar a ambos progenitores de la evolución de sus hijos en clase o que se requiera el permiso de ambos en el caso de cambio de colegio".
Según señala Sáenz, la petición del PNV -enmendada por PSE-EE, PP y UPyD- "es lo que establece la ley". Y es que, "cuando hay una separación, la sentencia establece que la patria potestad es compartida. Lo que pasa es que la Administración no ha puesto los medios para que se respeten los derechos de ambos progenitores. La proposición del PNV lo que viene a hacer es que estos derechos no queden en agua de borrajas".
La casuística sobre el incumplimiento de la legislación es tan variada como personas deciden romper su matrimonio, excepto un marginal 2%, en el que a uno o a ambos progenitores se les retira la patria potestad. Se trata de casos extremos de desestructuración familiar por problemas de droga, cárcel etc. Según el presidente de Agipase "normalmente la persona que tiene el régimen de visitas es la que toma todas las decisiones y el otro progenitor no se entera. Por ejemplo, el tema de notas. Normalmente sólo se envían al progenitor custodio, en la mayoría de los casos la madre, y el padre no se entera. Las actividades extraescolares, lo mismo, la madre le apunta a ballet y el padre no se entera o no se le consulta. El padre tampoco tiene poder de decisión en cuestiones como la comunión o el cambio de colegio".
Esta situación no sólo afecta a las cuestiones educativas. "Si le ha pasado algo a un hijo, el padre va a pedir los datos al médico y este se los niega porque dice que es competencia de la persona que tiene la custodia". Por otro lado, denuncia: "Se están dando muchos casos graves. Según la patria potestad compartida, a la hora de decidir un cambio de colegio o la matriculación en un centro concreto la solicitud debería llevar la firma de los dos progenitores. Sin embargo, eso no se cumple, con la firma de uno solo de los padres del niño vale para sacarle del centro. Es usual que vayas a ver a tu hijo o a hablar con su tutor y te encuentres con que ya no está en ese colegio. Y se han dado casos incluso de que se ha cambiado hasta de comunidad autónoma".
2011(e)ko ekainaren 25(a), larunbata
2011(e)ko ekainaren 16(a), osteguna
COMUNICADO DE PRENSA DE LA CONFEDERACION
EL JUEZ SERRANO ANUNCIA LO CONTRADICTORIO DE SU IMPUTACION.
El juez Serrano anuncia un estudio jurídico de su "insólito" caso
En declaraciones, Serrano ha calificado de "insólito en España, y hasta podría decirse que en Europa", su caso, por lo que ha anunciado que estudiará "detenidamente" la situación, a pesar de que en un principio los autos de TSJA y de la Audiencia Provincial no admiten recurso.
En este sentido, el magistrado ha recordado que la Sala Segunda de la Audiencia "ha declarado que mis decisiones fueron ajustadas a derecho" y que "difícilmente puede ser cuestionada mi competencia en el caso", lo que se contrapone a los argumentos dados por el instructor del TSJA, "que afirma que mi actuación fue irregular por carecer de competencia funcional, que no concurría peligro o perjuicio para el menor y que no se dio audiencia a la madre",
Asimismo, y según el Alto Tribunal andaluz, sus resoluciones son "intencionadamente contrarias a las leyes e incompatibles con cualquier interpretación razonable de ellas". Por ello, Serrano ha incidido en que "todo me conduce a pensar que voy a ser sometido a la pena de banquillo por hacer mi trabajo como juez de familia, y además haciéndolo bien".
En el auto de la Audiencia, la Sala declara que no puede declarar la nulidad interesada por falta de competencia objetiva y funcional del Juzgado de Primera Instancia de Familia número 7, del cual es titular Serrano. En este sentido, la Audiencia recuerda que "las medidas que los jueces pueden adoptar se amplían a todo tipo de situaciones, incluso aunque excedan de las meramente paternofiliales, con la posibilidad de que se adopten al inicio, en el curso o después de cualquier procedimiento conforme a las circunstancias concurrentes".
Así, "en razones de urgencia y necesidad", la Audiencia estima "competente" al juzgado que preside Serrano para incoar y conocer de la solicitud del menor, afirmando que "su competencia difícilmente puede ser cuestionada".
Asimismo, la Sala alude a la adecuación del procedimiento escogido, "ya que permite adoptar las medidas necesarias para tutelar y proteger los intereses del menor e incluso inaudita parte", es decir, sin necesidad de oír a la madre. Todo ello, añade el auto, "sin olvidar que, autorizada la específica y puntual salida procesional del menor por el juez competente, se habría producido el agotamiento sobrevenido del objeto del proceso entablado".
LA AUDIENCIA RESPALDA AL JUEZ SERRANO
La Audiencia respalda al juez Serrano
Fuentes de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) han dicho es que su escrito de acusación irá en consonancia con la posición mantenida hasta ahora, en la que se ha manifestado a favor de la inculpación del magistrado en todas las fases del proceso y en los últimos recursos debatidos ante la sala civil y penal del alto tribunal andaluz.
Por ello, la Fiscalía imputará al juez Serrano un presunto delito de prevaricación, que lleva aparejada una condena de 12 a 24 meses de multa e inhabilitación de entre diez y veinte años como juez, han añadido las fuentes.
Respecto al auto de la Audiencia de Sevilla conocido hoy, que ha dado la razón al juez frente al procesamiento dictado por el TSJA, las fuentes citadas han indicado que la Sala de Sevilla "no sabe lo que aquí se ha discutido", que "es una cuestión diferente".
Las citadas fuentes han añadido que el juez Serrano será suspendido previsiblemente en sus funciones por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en los próximos días, cuando el juez instructor del TSJA dicte el auto de apertura de juicio oral.
Así todo, la Audiencia reconoce que la ampliación en un día y medio de la estancia del niño con su padre para que pudiese salir en una procesión de la Semana Santa de 2010 correspondía al juzgado encargado del divorcio de los padres, en este caso el de Violencia sobre la Mujer número 4, pero no declara nula la decisión de Serrano porque "no prescindió total y absolutamente de las normas esenciales del procedimiento".
Tampoco "omitió los principios de audiencia, asistencia o defensa determinantes de una efectiva indefensión" y, por el contrario, incoó el oportuno procedimiento de medidas cautelares y oyó al menor, quien "manifestó expresamente su deseo" de salir en procesión y dijo que "se encontraba en una situación de angustia ante las dudas generadas sobre su salida procesional".
La competencia de Serrano "difícilmente puede ser cuestionada", dice la Audiencia, porque la ley le permitía adoptar la medidas necesarias para "tutelar y proteger los intereses del menor", incluso sin oír a la madre, como ocurrió en este caso.
Además, no se trató de una "modificación sustancial del régimen de estancia, comunicación y visitas, sino de una medida puntual y cautelar en evitación de un perjuicio al menor", según la Audiencia.
A ello añade que el convenio regulador del divorcio recogía expresamente que los progenitores respetarían "el deseo de los hijos menores de tomar parte en la estación de penitencia de las hermandades a las que pertenecen".
Se da la circunstancia de que la sala de lo civil y penal del TSJA confirmó ayer el procesamiento de Serrano por los mismos hechos, en los que le ha imputado un delito de prevaricación que lleva aparejada una condena de 12 a 24 meses de multa e inhabilitación de entre diez y veinte años como juez.
El juez de Familia 7 acordó el 30 de marzo de 2010 ampliar un día y medio la estancia del niño con su padre, en lo que el TSJA ha visto una presunta "estratagema procesal" para conseguir que el asunto recayera en el juzgado de Serrano y no en el encargado del divorcio de los padres.
Tal maniobra era "perfectamente advertible" por el juez, aunque él mismo no tuviese ninguna participación activa, según el auto de incoación de procedimiento.
El juez Serrano, en un comunicado, ha lamentado que va a ser sometido a la pena de banquillo "por hacer mi trabajo como juez de Familia y además haciéndolo bien" y ha resaltado que el delito de prevaricación "requiere dictar una resolución injusta a sabiendas, pero la Audiencia de Sevilla ha declarado que mis decisiones fueron ajustadas a Derecho".